El pasado 16 de febrero, el Congreso aprobó la Ley 2/2023 reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción. Esta trasposición de una Directiva de la UE obliga a las empresas de más de 50 empleados y Administraciones Públicas a habilitar un canal de denuncias o canal interno de información. El objetivo es que los empleados puedan formular denuncias de forma anónima, así como informar a la empresa sobre comportamientos alejados de la ética o presuntamente ilegales. Debido a esta obligatoriedad y por la relevancia de esta novedad para las empresas asturianas, ASAC -junto con FADE y Ontier- han celebrado una jornada en la sede de la Federación en la que se ha detallado el impacto de la norma y profundizado en su cumplimiento.
Dicho Canal de Denuncias pretende recoger información entre quienes, teniendo o habiendo tenido una relación laboral o profesional con la entidad, deseen informar sobre conductas que puedan ser constitutivas de infracciones penales o administrativas. El sistema de protección del informante conlleva una serie de obligaciones relevantes y que requieren de criterios técnicos específicos para cumplir con todo lo que exige la norma. Este sistema debe garantizar el anonimato de las comunicaciones, incluso ante la posibilidad de que sean escritas u orales, y proteger los derechos el denunciante y el denunciado.
La llegada de estas nuevas obligaciones jurídicas requiere también de soluciones tecnológicas específicas. En este contexto, ASAC presentó Xperta, el software de gestión, creado en 2012 y actualizado a la norma actual, que cumple con todas las exigencias de la Ley. Además, Pedro Fernández, CTO de la compañía, realizó en vivo una demo de su aplicación, poniendo en valor su accesibilidad tanto para los denunciantes como para los administradores de la denuncia.
La nueva norma, cuya obligatoriedad se hace efectiva de manera general el próximo 1 de diciembre, obliga a establecer canales de denuncia interna, estableciendo que dichos canales garanticen la confidencialidad y el seguimiento diligente de la denuncia, y afecta a:
· Personas jurídicas con 50 o más empleados.
· Personas jurídicas que ya cuenten o debieran contar con un sistema de información.
· Entidades del sector público.
· Partidos políticos, sindicatos, organizaciones empresariales, así como fundaciones creadas por éstos siempre que reciban o gestionen fondos públicos.